Glosario de Terminos
a) Adopción de Tecnología: |
AGROIDEAS es un Programa del Ministerio de Agricultura que tiene por objetivo elevar la competitividad de pequeños y medianos productores agrarios, fomentando la asociatividad; gestión y adopción de tecnología, mediante la entrega de recursos no reembolsables a organizaciones de productores que presenten planes de negocios sostenibles.
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b) Costos de inversión asociados a adopción de tecnologías: |
Los costos de adquisición, asistencia técnica e implementación de las Tecnologías Agrarias asociadas al Menú de Opciones
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c) Decreto Legislativo: |
El Decreto Legislativo Nº 1077 – Decreto Legislativo que crea el Programa Agroideas.
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d) Entidad Financiera: |
Institución acreditada ante la SBS, autorizada para realizar transacciones financieras. Intermediará entre el Programa y las organizaciones agrarias para garantizar un adecuado flujo de los recursos, conforme a lo establecido en el Artículo 6.3º del Decreto Legislativo, haciendo efectivos los pagos a favor de la organización agraria.
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e) Entidad Privada Especializada (EPE): |
Persona Natural o Jurídica externa al Programa que podrá prestar servicios dependiendo de su especialización, en temas vinculados al objetivo del Programa Agroideas. Estos servicios no son excluyentes, por lo cual el Programa Agroideas podrá requerir los servicios de las entidades privadas especializadas para otras actividades según lo considere pertinente.
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f) Esquema de Solicitud de Apoyo: |
Documento que presenta de manera general y en términos esquemáticos los alcances que tendrán las solicitudes de apoyo, a fin de verificar que dichas Solicitudes se enmarquen dentro de los objetivos del Programa y de las organizaciones agrarias.
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g) Gastos de Constitución: |
Aquellos costos notariales, de registros y honorarios de abogados en los que se incurre para la constitución de las organizaciones agrarias.
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h) Gerente: |
Profesional o técnico en ciencias agrarias y/o de gestión que acompañará la implementación de la solicitud de apoyo presentada por las organizaciones agrarias. Será contratado por una organización agraria a tiempo parcial o dedicación exclusiva, dependiendo de la envergadura de la solicitud de apoyo y ocupa el más alto cargo de gestión ejecutiva conforme lo establecido el Artículo 5.2º del Decreto Legislativo Nº 1077.
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i) Gestor: |
Persona jurídica debidamente calificada y evaluada periódicamente con la cual el Programa suscribiría un contrato, que se encargaría de apoyar el proceso de formulación de la solicitud de apoyo que presentarán las organizaciones agrarias al Programa, incluyendo la verificación de la condición de Productor Agrario y derecho de uso de la tierra mediante documento, a través del respectivo GR. Asimismo, proporcionaría información al Programa en lo referente a titulación sobre las áreas en las que los integrantes de la organización agraria desarrollan la actividad productiva. Conforme el Decreto Legislativo Nº 1077 las funciones del gestor las puede realizar directamente el Programa.
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j) Incentivo: |
El tipo de pagos al que se refiere el Artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 1077 y que serán de tres tipos: Incentivo para la Asociatividad, Incentivo para la Gestión, y eI Incentivo para la Adopción de Tecnología.
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k) Informe de Evaluación: |
Documento emitido por el responsable del Programa que contiene la evaluación final y opinión favorable o desfavorable luego del proceso de evaluación de la solicitud de apoyo y que, entre otros, contendrá – de ser el caso – los compromisos asumidos por la organización agraria y el Programa, los montos aprobados para la solicitud de apoyo y sus cronogramas y las consecuencias por incumplimiento de lo pactado.
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l) Informe de Aprobación: |
Documento emitido por el Consejo Directivo, tomando como referencia el Informe de Evaluación con opinión favorable, que aprueba la solicitud de apoyo presentada por las organizaciones agrarias para el otorgamiento del Incentivo.
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m) Manual de Operaciones: |
El documento técnico normativo en el que se detallarán los procesos y procedimientos asociados a la operatividad del Programa Agroideas incluyendo la calificación de las organizaciones agrarias, la presentación, la evaluación y la aprobación de las solicitudes de apoyo, la entrega y suspensión de los Incentivos, la verificación, el seguimiento y demás criterios y requisitos complementarios, entre otros aspectos operativos necesarios.
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n) Medianos y Pequeños Productores Agrarios: |
Personas naturales cuya principal actividad económica es la agricultura, la ganadería, forestal y/o agroforestal, incluyendo las actividades de procesamiento primario y transformación de los productos que generan. En el Manual de Operaciones se precisarán las condiciones que permiten considerar a un productor pequeño o mediano, entre ellas el tamaño, zona geográfica y el cultivo o crianza manejada.
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o) Menú de Opciones: |
El conjunto de las Tecnologías Agrarias para el otorgamiento del Incentivo a que se refiere el numeral 5.1º del Decreto Legislativo Nº 1077.
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p) Organización de Productores Agrarios (OPA): |
Persona jurídica conformada bajo cualquier modalidad permitida por el ordenamiento legal.
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q) Panel de Evaluadores Externos: |
Grupo de evaluadores constituido por un mínimo de dos entidades privadas especializadas.
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r) Plan de Negocios: |
Documento elaborado por la organización agraria con el apoyo del Gestor, que sustenta por un período de hasta cinco (05) años la productividad, rentabilidad y sostenibilidad del negocio, así como la idoneidad y viabilidad de la tecnología propuesta, viabilidad de la escala de producción, integración a una cadena de valor del producto con acceso a mercados internos o externos y la sostenibilidad ambiental. El Programa acompaña a las organizaciones agrarias hasta por un período máximo de tres (03) años.
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s) Productor agrario: |
Persona natural cuya principal actividad económica es la agricultura, la ganadería y lo forestal, incluyendo las actividades de procesamiento primario de los productos agrarios que produzcan directamente.
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t) Programa: |
Programa de Compensaciones para la Competitividad – Agroideas.
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u) Proveedor: |
Persona natural o jurídica que ofrece los bienes y/o servicios que requiere o promueve el Programa.
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v) Solicitud de Apoyo (SDA): |
Pedido sustentado de acuerdo a los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1077, Reglamento y Manual de Operaciones, que presentan las organizaciones agrarias al Programa para acceder a los incentivos. Incluye un Plan de Negocios en el que se debe indicar si la organización agraria o sus integrantes perciben algún otro apoyo del Estado asociados a la constitución, gestión o tecnología agraria, y tendrá carácter de declaración jurada.
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w) Tecnologías Agrarias: |
Es el conjunto de productos, procedimientos y métodos que hacen posible la aplicación práctica del conocimiento científico en la producción y gestión de bienes y servicios agrarios.
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