• El MINAGRI a través de AGRO RURAL comprará hasta 7,000 kilogramos de papa blanca por productor
  • La papa será entregada en calidad de donación a los programas sociales y asistenciales
  • En los próximos días, el ministerio aprobará los lineamientos para la implementación del Decreto de Urgencia

(Lima, 11 de febrero de 2018).- El Gobierno expidió hoy el Decreto de Urgencia No. 002-2018 que autoriza de manera excepcional y extraordinaria al Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través de AGRO RURAL, a adquirir hasta por la suma de S/ 50 millones los excedentes de papa blanca por un máximo de 7,000 kilogramos por productor.

De acuerdo al citado Decreto de Urgencia publicado hoy en la gaceta de normas legales del diario “El Peruano”, también establece que conforme a lo establecido por el Código Civil, la papa se entregará en calidad de donación en atención a los programas sociales y/o asistenciales, así como a las entidades públicas y privadas, sin fines de lucro.

El presente Decreto tendrá una vigencia de hasta 60 días calendarios contados desde el primer día hábil siguiente a su publicación. Del mismo modo, el MINAGRI, a través del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL), es responsable del cumplimiento y monitoreo de lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia, y que en plazo máximo de 30 días hábiles de culminada la vigencia de la norma, el ministerio debe comunicar a la Contraloría General de la República las contrataciones realizadas al amparo de este dispositivo legal, así como el destino final de dichas adquisiciones, y publicarlas en su portal institucional.

También el MINAGRI y los pliegos del Poder Ejecutivo, respectivamente, quedan autorizados a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático.
Para agilizar los procesos de adquisición el excedente del tubérculo andino, en un plazo no mayor de 3 días hábiles de entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, el MINAGRI aprobará mediante resolución ministerial los lineamientos para su respectiva implementación.

Como disposición transitoria complementaria, se establece que la compra de papa blanca por parte de los Gobiernos Regionales, autorizada en virtud del Decreto de Urgencia N° 001-2018, también pueda efectuarse de acuerdo a las condiciones que se establezcan en los lineamientos a que se refiere la Única Disposición Complementaria Final del presente Decreto de Urgencia, siempre que dicho producto cumpla con las características técnicas.

En los considerando de la norma se señala que anteriormente se publicó el D.U No.001-2018 que facultó a los Gobiernos Regionales de Huánuco, Junín, Huancavelica, Apurímac y Ayacucho a contratar con los productores y organizaciones conforme a lo establecido en el Código Civil, la adquisición de papa blanca a fin de contribuir en la atención de programas sociales y/o asistenciales conducidos a través de entidades públicas y/o privadas sin fines de lucro.

Sin embargo, pese a la expedición de dicha medida, el precio de la papa blanca siguió cayendo, ocasionando una grave crisis en la economía del pequeño productor.

MEDIDAS DE APOYO

El pasado martes en el Congreso, el ministro de Agricultura y Riego, José Arista, ya había adelantado la aprobación del referido Decreto de Urgencia, como parte de un conjunto de medidas de apoyo a los pequeños productores de papa e impulsar ese sector productivo del cual dependen más de 700 mil personas.

Por ejemplo, mencionó la constitución de una plataforma de servicios de orientación de siembras para evitar en el futuro situaciones similares de sobreoferta del producto; el reforzamiento de la información de la evolución de los precios de los principales cultivos (15), que actualmente funciona, como papa, maíz, cebolla, café, palta, yuca, cacao y otros, que permitan al pequeño productor información adecuada del valor de sus productos en el mercado.

Además, el ministro señaló que el sector trabajará con los pequeños productores en formalizar y certificar la exportación de papa a los mercados de Brasil y Bolivia, lo que contribuirá a tener un mejor precio por el producto y evitará que en el mediano plazo ocurran vaivenes con los precios.

Asimismo, citó los compromisos adquiridos con los productores, como la compra de 7,000 kilogramos de papa por productor (1 sol kilogramo), así como la promoción de programas que tiendan a la industrialización de la papa para generar valor agregado y dotar de mayores ingresos a los pequeños productores.

También el MINAGRI, al amparo de la Ley General de Semillas 27262 y Decreto Legislativo 1080, emitirá el reglamento de semilla de papa en 30 días; facilitará programas para aumentar el uso de semillas certificadas y la producción de la misma, a través de asociaciones  de productores de semilla; y se coordinará con DIGESA, la observación de las condiciones de salubridad e inocuidad de los productos importados de la papa y sus derivados, entre otras acciones.

 

Pin It on Pinterest

Share This